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Divendres, 19 de 2014
Real Decreto 1003/2014, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, en materia de pagos a cuenta y deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo. (Fecha de publicación 06/12/2014)

Real Decreto 1003/2014, de 5 de diciembre, por el que se
modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2017, de 30
de marzo, en materia de pagos a cuenta y deducciones por
familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.
Este Real Decreto viene a desarrollar las medidas establecidas en la Ley 26/2014, de
27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el texto refundido de la Ley del
Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo
5/2004, de 5 de marzo, y otras normas tributarias.
Se establece una nueva tarifa aplicable a la base liquidable general, en la que se
reducen tanto el número de tramos, de los siete actuales a cinco, como los tipos
marginales aplicables en los mismos. Y se prevé para el ejercicio 2016, una nueva
minoración.
Para los perceptores de rendimientos del trabajo se ha revisado la reducción general
por obtención de tales rendimientos, integrándose en la misma la actual deducción
en cuota por obtención de dichos rendimientos, al tiempo que se eleva su importe
para los trabajadores de menos renta. Tanto estos trabajadores como el resto,
podrán minorar su rendimiento del trabajo en una cuantía fija de 2.000€ en concepto
de otros gastos.
En cuanto al tratamiento fiscal de la familia, se eleva tanto el importe del mínimo
personal, incluido cuando el contribuyente tenga una edad superior a 65 o 75 años,
como el correspondiente a los ascendientes y descendientes que convivan con aquél.
Al mismo tiempo, se incrementan los importes aplicables a las personas mencionadas
con discapacidad, así como en los supuestos en que además sean trabajadores
activos.
Se aprueban tres nuevas deducciones para aquellos trabajadores con mayores cargas
familiares. Los contribuyentes que trabajen fuera del hogar y tengan ascendientes o
descendientes con discapacidad a su cargo, o formen parte de una familia numerosa,
podrán practicas una deducción en la cuota diferencial de hasta 1.200€ anuales por
cada una de dichas situaciones, deducción que además es compatible con la actual
deducción por maternidad. Además, se establecen los requisitos y el procedimiento a
seguir para solicitar a la AEAT el pago anticipado.
En cuanto a los tipos fijos de retención, se recogen los tipos de retención
establecidos en la ley y se regulan los requisitos para acceder al nuevo tipo fijo de
retención minorado para administradores de entidades de menor tamaño, al tiempo
que se desarrolla el pago a cuenta a efectuar en el caso de extinción, antes del
transcurso de cinco años, de los denominados planes de ahorro a largo plazo. Por
último, se simplifica el cálculo de los pagos fraccionados, al tiempo que se establece
una nueva minoración de su importe para los trabajadores por cuenta propia con
menores rentas.
Este Real Decreto sí afecta a su aplicación.
Entrada en vigor: 01/01/2015
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